CONTRATO DE CRÉDITO ROTATIVO Y SERVICIOS ADICIONALES
SOLVENTA COLOMBIA S.A.S.
LAS PARTES:

La plataforma www.solventa.co es propiedad de SOLVENTA COLOMBIA S.A.S. sociedad comercial colombiana, legalmente constituida, con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C. – Colombia, identificada tributariamente con NIT: 901.255.144-5, en adelante SOLVENTA como el ACREEDOR, prestando sus servicios a través de su plataforma. Por medio, de la aprobación de las presentes cláusulas entendiéndose que {{ $nombre_completo }} identificado con cédula de ciudadanía No. {{ $cedula }}, con domicilio en {{ $domicilio }}, de la ciudad de {{ $ciudad }} quien recibe notificaciones al correo electrónico {{ $email }} y el número de contacto {{ $telefono }} en adelante el DEUDOR ha leído y aceptado, en todas sus partes y entiende que estos le son legalmente vinculantes y obligatorios. Por tanto, acepta las condiciones de utilización y aprovechamiento de la Plataforma, Contenido y Servicios; en caso contrario, el DEUDOR deberá abstenerse de acceder a la Plataforma y Servicios, ya sea directa o indirectamente y utilizar cualquier información o servicio provisto por la misma.

Mediante el acceso y uso de los servicios, el DEUDOR acuerda vincularse jurídicamente estableciéndose una relación contractual con SOLVENTA. Por tanto, si el DEUDOR no acepta los términos y condiciones dispuestos en el presente CONTRATO DE CRÉDITO ROTATIVO Y SERVICIOS ADICIONALES, no podrá acceder o usar los servicios ofertados a través de la plataforma www.solventa.co. Estos Términos y Condiciones sustituyen expresamente los acuerdos o compromisos previos con el DEUDOR. SOLVENTA podrá poner fin de inmediato a estos Términos y Condiciones o cualquiera de los servicios o en general dejar de ofrecer o denegar el acceso a los mismos o cualquier parte de ellos, en cualquier momento y por cualquier motivo.

1. PRODUCTO: SOLVENTA dispone a favor del DEUDOR un crédito ROTATIVO en la modalidad de crédito garantizado desde trescientos mil pesos colombianos ($300.000 COP) hasta por cinco millones de pesos ($5.000.000 COP), mediante el desembolso de los recursos al número de cuenta bancaria personal registrada por el DEUDOR y previamente validada por la sociedad o en su defecto a través, de cualquier plataforma de pagos especializada en recaudos, pagos y giros a nivel nacional, siempre que SOLVENTA oferte dicho servicio y el convenio se encuentre vigente con el proveedor para la prestación del servicio al momento del otorgamiento del préstamo previa autorización del DEUDOR. El monto del cupo de crédito ROTATIVO abierto a favor del DEUDOR, será el dispuesto previamente del estudio y análisis financiero y podrá ser modificado por SOLVENTA mediante comunicación previa y escrita. El crédito ROTATIVO consiste en la aprobación de un cupo variable del cual el DEUDOR puede disponer cada vez que lo necesite hasta por doce (12) veces la cantidad inicial desembolsada sin superar los quince millones de pesos ($15.000.000 COP), en un rango de tiempo de quince (15) meses contados a partir de la fecha de suscripción del presente CONTRATO, a medida que realice los pagos, liberará cupo que podrá volver a usar sin necesidad de la firma electrónica del contrato y pagaré. El cupo estará disponible siempre y cuando el DEUDOR este al día y/o no presente un atraso superior a treinta y cinco (35) días de mora. Finalmente, se establece que la sociedad SOLVENTA no utiliza intermediarios ni requiere anticipo de dineros para la solicitud de un Préstamo.

2. REQUISITOS: El DEUDOR deberá acreditar para la adquisición del crédito ROTATIVO y de servicios adicionales: I. Ser mayor de edad. II. Residir en Colombia. III. Tener una cuenta bancaria (corriente o de ahorro) a su nombre y activa con mínimo cuatro meses de antigüedad. IV. Tener un número de celular personal y línea activa. V. Cédula de identidad original, no fotocopia. IV. Tener correo electrónico de uso personal, no laboral.

3. CLÁUSULA ALCANCE DEL PRODUCTO: SOLVENTA es una Plataforma tecnológica de soluciones y ayuda financiera, por medio de la cual, los Usuarios podrán solicitar en cualquier momento préstamos online y digitales de libre destinación, garantizado y a corto plazo. Por medio de la Plataforma los Usuarios podrán acceder préstamos desde trescientos mil pesos colombianos (COP $300.000) hasta por cinco millones pesos colombianos (COP$5.000.000), sin perjuicio que SOLVENTA de forma unilateral y sin previo aviso realice modificaciones en relación a los valores o montos a los que podrán acceder los Usuarios. Para el desarrollo y ejecución de la Plataforma, los Usuarios deberán cumplir con los requisitos que se encuentran establecidos en el presente instrumento jurídico, mismos que el Usuario acepta libre y espontáneamente, entendiendo las consecuencias jurídicas y económicas que pueden producirse con la adquisición de los préstamos otorgados por SOLVENTA. De esa forma, SOLVENTA se presenta como un servicio y producto que otorga soluciones económicas a sus usuarios a través de principios de flexibilidad, rapidez y ausencia de trámites físicos. Así mismo, SOLVENTA otorgará los respectivos préstamos a los Usuarios por medio de cuotas o plazos determinados, que serán previamente aceptados por los Usuarios, mismos que podrán producirse en un mínimo de cuatro (4) días y máximo ciento ochenta días (180) días.

Del mismo modo, SOLVENTA podrá solicitar de forma previa o en desarrollo y ejecución del presente acuerdo de voluntades, información personal y sensible para evaluar las posibilidades y factibilidad al momento de otorgar préstamos o para identificar la probabilidad de cumplimiento en el desarrollo de las obligaciones que se encuentran a cargo del Usuario. Los préstamos que se otorgan por medio de la Plataforma podrán ser o no aceptados a discreción y unilateralmente por parte de SOLVENTA, no obstante, toda negación por parte de SOLVENTA deberá estar respaldada por criterios objetivos. La determinación de viabilidad del préstamo se producirá por medio del análisis de la calificación crediticia y la transferencia o transmisión de los datos personales o sensibles de los Usuarios a entidades crediticias certificadas para evaluar la capacidad económica y de endeudamiento de los Usuarios. Sin perjuicio de lo anterior, SOLVENTA se reserva el derecho de entregar o no información a los Operadores de la Plataforma en relación con la negativa en el otorgamiento de los préstamos, de modo tal que esto no podrá constituir violación alguna de sus obligaciones. Unilateralmente, SOLVENTA podrá renunciar al derecho de reservarse dicha información siempre y cuando la solicitud de la negativa sea producida por la persona titular de la información o de una autoridad judicial por medio de providencia judicial en firme.

PARÁGRAFO PRIMERO: Adicional al análisis de la información financiera, capacidad de endeudamiento y demás políticas internas de SOLVENTA, ésta otorgará los respectivos préstamos bajo las condiciones de interés remuneratorio máximo permitido por la Superintendencia Financiera, a su vez podrá acceder al préstamo en donde podrán existir cargos por concepto de: intereses moratorios, gastos de cobranza, verificación y protección personal, antifraude, costos de recaudo, costos de bureau de calificación crediticia, verificación antifraude, IVA, y cualquier otro que Solventa o un proveedor tercero pudiera incorporar. De ese modo, los Usuarios de la Plataforma aceptan y entienden que la solicitud de los préstamos se encuentra sujeta a dichas condiciones, renunciando a cualquier reclamación posterior a cualquier autoridad judicial o administrativa en relación con los cargos descritos al momento de la solicitud del préstamo.

4. VALIDACIÓN DE LA IDENTIDAD PERSONAL POR BIOMETRÍA: El DEUDOR conoce que al tratarse de una plataforma 100% online, suministra los datos de su información personal de forma voluntaria y autoriza de este mismo modo la validación de su identidad a través del proceso de biometría que se llevará a cabo por uno de los mejores proveedores a nivel mundial que presten el servicio de validación de identidad biométrico, debidamente contratado por la sociedad y que se encuentre avalado por las respectivas autoridades, contando con todos los protocolos de seguridad de la información, para que ejecute la acción de la verificación de identidad para aquellos solicitantes que cumplan con el perfil crediticio requerido por SOLVENTA, por tanto el DEUDOR autoriza la aplicación del sistema de verificación biométrico, en donde se le solicitará imágenes de su documento de identidad por ambos lados y una selfie realizando ciertos gestos para confirmar que se trata de una selfie sobre un humano y no sobre una fotografía. Este verificador a su vez, comparará la imagen del documento de identidad con la selfie el cual arrojará un resultado de coincidencia, donde, si el resultado no es coincidente, se rechaza la solicitud por posible suplantación de identidad. De este modo, el DEUDOR autoriza mediante el análisis biométrico se verifique que su documento de identidad no posea ningún tipo de alteración, que la imagen contentiva en el documento de identidad y los rasgos faciales coincidan en un alto porcentaje de asertividad con la selfie tomada por él mismo, por lo que el DEUDOR reconoce que de no presentarse el nivel requerido de validación de identidad su solicitud será RECHAZADA de manera automática.

5. INSTRUMENTACIÓN DEL CONTRATO A TRAVÉS DE LA FIRMA ELECTRÓNICA: El DEUDOR reconoce y autoriza que la instrumentación del presente contrato de CRÉDITO ROTATIVO y servicios adicionales, se materializará a través del mecanismo de firma electrónica aceptando a su vez los términos, condiciones y autorizaciones para la adquisición del préstamo requerido, por lo que la sociedad SOLVENTA enviará un código único de cuatro dígitos denominado OTP (One time password) de validación y confirmación al número móvil registrado en la plataforma www.solventa.co, el cual le permitirá la firma electrónica del presente contrato, su pagaré, carta de instrucciones y demás documentos contractuales. EL DEUDOR recibirá a su correo electrónico el contrato y pagaré, se presume que ha leído atentamente el clausulado y cuando ha estado de acuerdo da su pleno conocimiento y aceptación de todos los documentos contractuales procede a firmarlos electrónicamente bajo esta modalidad. La firma electrónica se constituye del código OTP, la dirección IP de donde se ha conectado El DEUDOR. En consecuencia, la instrumentación del presente contrato se llevará a cabo en cumplimiento a la legislación colombiana en Ley 527 de 1999 Art.7 y el Decreto 2364 de 2012, en concordancia a la Ley 1564 de 2012 Art. 244, en donde establece que los documentos en forma de mensaje datos se presumen auténticos, entendiéndose como firma electrónica, como una clave de validación conformada por códigos, contraseñas, datos biométricos, o claves criptográficas privadas, que permite identificar a una persona, en relación con un mensaje de datos, partiendo desde la autenticidad, confiabilidad y propiabilidad del mismo, en relación al fin para el cual se hace uso este mecanismo de firma, por lo que se presume que los mecanismos o técnicas de identificación personal o de identificación electrónica que fue acordado entre las partes con la aceptación de los términos y condiciones al momento del registro en la plataforma web https://www.solventa.co/tyc, cumplen de manera inequívoca los requisitos de firma electrónica.

6. DETALLE DEL CUPO DE CRÉDITO ROTATIVO Y PAGARÉ:

·NÚMERO DE CRÉDITO/PAGARÉ: {{ $id_solicitud }}

·FECHA DE OTORGAMIENTO: {{ $fecha_alta }}

·FECHA DE VENCIMIENTO: {{ $fecha_vencimiento }}

·CUPO INICIAL A DESEMBOLSAR: $ {{ $capital_solicitado }}

·NÚMERO DE CUOTAS: {{ $cuotas }}

·PLAZO: {{ $plazo }} días

·VALOR CUOTA: $ {{ $total_devolver }}

·INTERESES REMUNERATORIOS (TEA): {{ $tasa_interes }}%

·INTERESES MORATORIOS: {{ $tasa_interes }}%

·TASA DE INTERÉS MÁXIMA LEGAL VIGENTE: {{ $tasamaxima }}

·IVA: {{ $iva }}%

7. DESEMBOLSO: SOLVENTA realizará el desembolso del préstamo una vez se haya realizado las validaciones y verificaciones para la aprobación definitiva del préstamo. El préstamo se desembolsará en los tiempos permitidos por los ciclos ACH, más los tiempos de acreditación del banco receptor en la cuenta bancaria que para tal fin haya determinado el Usuario y que se debe encontrar a su nombre. El desembolso puede demorar entre 2 a 24 horas hábiles aproximadamente: las solicitudes iniciadas el fin de semana se gestionan a partir del primer día hábil. Si la cuenta bancaria no es válida, el banco nos avisará dentro de las 72 horas. No podrá realizarse desembolso alguno de dinero a cuentas bancarias que no se encuentren a nombre del titular que efectivamente solicite el préstamo respectivo. O en su defecto, el desembolso se llevará a cabo a través, de cualquier plataforma de pagos especializada en recaudos, pagos y giros a nivel nacional y la entrega de los recursos se llevará a cabo cuando el Usuario se acerque al punto de servicio o sucursal más cercana de acuerdo a sus horarios de atención, siempre que SOLVENTA oferte dicho servicio y el convenio se encuentre vigente con el proveedor para la prestación del servicio al momento del otorgamiento del préstamo, previa autorización del DEUDOR.

8. CONDICIONES TRANSPARENTES: Los costos asociados y no asociados al crédito se calculan según el nivel de riesgo de EL DEUDOR que se determina de acuerdo a su score crediticio obtenido de la consulta en las centrales de información financiera. Por tanto, SOLVENTA aplica la tasa de interés efectiva anual (TEA) conforme a la clasificación de riesgo de EL DEUDOR definida por SOLVENTA de acuerdo al análisis de variables internas sin exceder la tasa de interés legal permitida. Tenga en cuenta que SOLVENTA le informará su score crediticio con el fin de cuidarlo y ayudarlo a mejorarlo cada día.

8.1 PRÉSTAMO DESEMBOLSADO: Monto de dinero aprobado.

8.2 INTERÉS REMUNERATORIA (TEA): La tasa de interés efectiva anual legalmente constituida.

Fórmula: = + VALOR PRÉSTAMO * ((1+TEA) ^ (PLAZO DÍAS / 360 DÍAS) – 1).

8.3 EMISIÓN DE PAGARÉ: Emisión del título de crédito digital en el que el emisor se compromete a pagar una determinada suma de dinero en una fecha establecida, con firma digital y custodia en entidad especializada de administración de títulos valores.

8.4 VERIFICACIÓN Y PROTECCIÓN PERSONAL: Requisito “Sine qua non” para la celebración del contrato donde se gestiona el cobro de las herramientas utilizadas para la protección, administración y tratamiento de la información personal suministrada por los usuarios. Este es un valor asociado por pago a terceros; se exceptuará, de acuerdo a la clasificación de riesgo definida por SOLVENTA.

8.5 IDENTIFICACIÓN BIOMÉTRICA: Uso de plataforma de validación de identidad en tiempo real que permite a través del uso de tecnología de identificación biométrica proteger, validar y determinar la legitimidad de las personas que realizan las solicitudes de préstamo.

8.6 ADMINISTRACIÓN: Valor correspondiente a la cuota de disponibilidad del cupo de crédito rotativo utilizable, beneficio a favor del cliente, en función de cuota de manejo que garantiza el valor del monto mientras se tenga uno o más desembolsos activos.

8.7 RECAUDO PSE - EFECTY: Habilitación de múltiples mecanismos que facilitan, diversifican y acercan distintas posibilidades de pago para el cliente.

8.8 CENTRALES DE RIESGO: Consulta ante centrales de riesgo crediticio de la información del usuario que permite generar un estudio a partir del análisis fragmentado de las variables que componen su score y sobre el cual se determinará la concesión del préstamo.

8.9 OPERACIÓN ACH OTROS BANCOS: Asociado a los costos transaccionales derivados del método de pago por el cual el usuario quiere que se le haga llegar el dinero del préstamo.

8.10 VERIFICACIÓN TELEFÓNICA Y REFERENCIACIÓN: Validación telefónica a los números registrados por EL DEUDOR y comprobación de las referencias familiares y comerciales relacionadas.

8.11 VERIFICACIÓN ANTIFRAUDE: Envió a través de mail, SMS y otros, de códigos únicos de validación de identidad que permitan al usuario tener mayores herramientas de seguridad al momento de realizar la solicitud del préstamo.

8.12 ACUERDO DE GARANTÍA: Se constituirá a favor de SOLVENTA la garantía mobiliaria sobre el dispositivo móvil, con el fin de respaldar las obligaciones que le fueren otorgadas en virtud del cupo de crédito rotativo garantizado.

8.13 FIANZA POR CUENTA Y ORDEN DE FONDO DE GARANTIA / TERCEROS: El fondo fiduciario y/o fondo de garantía avala y respalda el crédito otorgado a EL USUARIO en caso de incumplimiento o impago. Este es un cargo no asociado al crédito y pagado a un tercero, su costo y tercero varían según la calificación crediticia, valor desembolsado y factores de riesgo determinados al momento de la aprobación. Su costo tiene IVA incluido.

8.14 FACTURA ELECTRÓNICA: Emisión de la factura electrónica asociada al crédito.

8.15 IVA: Impuesto sobre el valor agregado de alícuota de 19%.

PARÁGRAFO: SOLVENTA a través del ANEXO AL CONTRATO DE CRÉDITO ROTATIVO Y SERVICIOS ADICIONALES PLAN DE PAGO, indicará los valores asociados al financiamiento del préstamo otorgado como la notificación previa al reporte negativo ante centrales de riesgo.

9. OPCIONALIDAD: SOLVENTA ha dispuesto para el titular que no desee contratar los servicios adicionales; opciones, como realizar la solicitud del préstamo de forma presencial de la siguiente manera, según su perfil:

9.1 Para Empleados:

·Fotocopia cédula de ciudadanía.

·Certificado laboral no mayor a 30 días.

·Últimos 2 desprendibles de pago de nómina.

·Pagaré y carta de instrucciones debidamente firmados y autenticados ante Notaría.

·Aceptación de los términos y condiciones generales del servicio debidamente firmado y autenticado ante Notaría.

·Radicación de los documentos en la dirección de correspondencia física Edificio Porta 100 TV 22 # 98 - 82 Piso 4, Bogotá, Colombia.

9.2 Para Independientes:

·Fotocopia de la cédula.

·Certificado de ingresos expedido por un contador público.

·Fotocopia de la cédula de ciudadanía del contador público.

·Fotocopia de la tarjeta profesional del contador público.

·Extractos bancarios de los últimos dos meses.

·Pagaré y carta de instrucciones debidamente firmados y autenticados ante Notaría.

·Aceptación de los términos y condiciones generales del servicio debidamente firmado y autenticado ante Notaría.

·Radicación de los documentos en la dirección de correspondencia física Edificio Porta 100 TV 22 # 98 - 82 Piso 4, Bogotá, Colombia.

PARÁGRAFO: El titular se obliga a suministrar información veraz, completa, actualizada y comprobable, así mismo, este deberá garantizar que a partir de los datos suministrados no busca inducir al error en los procesos internos para lo cual SOLVENTA en procura de la veracidad realizará las rectificaciones respectivas siendo estas últimas de pleno conocimiento del usuario.

10. ACUERDO DE GARANTÍA: El DEUDOR otorga de forma voluntaria mediante la aceptación de los términos y condiciones al momento de continuar con el registro en el formulario web, la suscripción del contrato, y la autorización de los permisos requeridos para que en los términos de la Ley 1676 de 2013 y demás normas concordantes, constituya a favor de SOLVENTA la garantía mobiliaria sobre su dispositivo móvil ( marca, modelo, IMEI ) ,con el fin de respaldar las obligaciones que le fueren otorgadas en virtud del cupo de crédito rotativo garantizado.

El DEUDOR declara que conoce y acepta que, la funcionalidad del dispositivo móvil garantizará el cumplimiento del pago de las obligaciones, reconociendo que el uso y aplicación de la garantía mobiliaria sobre el dispositivo móvil se realizará por medio del aplicativo (APP) que instalará el DEUDOR de manera consiente y voluntaria, a través del link provisto por SOLVENTA cuando sea aprobada la solicitud del cupo de crédito rotativo garantizado. Una vez constituidas en mora las obligaciones a favor de SOLVENTA el dispositivo móvil le será inhabilitado para su uso de manera remota y temporal, hasta tanto no genere el pago total del crédito rotativo garantizado, momento en el que este se habilitará nuevamente. En todo caso, aunque el dispositivo móvil permanezca inhabilitado, el DEUDOR podrá hacer llamadas a números de emergencia y a los números de contacto directo con SOLVENTA.

SOLVENTA previo al bloqueo del dispositivo móvil y con la finalidad de que el DEUDOR pueda efectuar el pago de la obligación notificará diariamente a través de mensajes “push” (notificación corta sin posibilidad a la no lectura, que aparece directamente en la pantalla principal del móvil, el cual se elimina una vez leído), bajo el siguiente cronograma automatizado:

DÍAS ANTES DEL VENCIMIENTO DÍAS POSTERIORES AL VENCIMIENTO CANTIDAD DE MENSAJES JORNADA
MAÑANA TARDE
Dos (2) Uno (1)
Uno (1) Dos (2)
En el día del vencimiento Tres (3) • •
Tres (3) Uno (1)

El DEUDOR a través de los canales de atención verificados por la compañía, recibirá un mensaje de WhatsApp con los medios de pago autorizados, asimismo, recibirá una llamada preventiva por parte de los asesores directos de SOLVENTA, (la cual estará sujeta a la recepción del DEUDOR). Una vez acreditado el pago de la obligación en las cuentas bancarias de SOLVENTA y teniendo en cuenta que este depende del medio de pago utilizado, se verá reflejado en los siguientes términos:

Acreditado el pago, SOLVENTA a través de su sistema generará notificación inmediata a la compañía encargada de realizar el proceso técnico y esta se encargará de habilitar de forma automática el dispositivo móvil.

PARÁGRAFO 1: el DEUDOR otorga a SOLVENTA autorización para el acceso a las propiedades técnicas del dispositivo móvil (IMEI, modelo, serial y otras) necesarias para la garantía mobiliaria sobre este, con el fin de respaldar las obligaciones que le fueren otorgadas. Asimismo, declara que el dispositivo móvil es de su uso personal y en caso de no ser suyo excluye a SOLVENTA de cualquier responsabilidad legal de afectación a terceros. En cumplimiento de la regulación de la legislación colombiana, la ley 1581 de 2012, política de privacidad y tratamiento de datos personales y demás normas concordantes, SOLVENTA manifiesta que la autorización otorgada por el DEUDOR, será utilizada única y exclusivamente para los fines descritos en la presente cláusula.

PARÁGRAFO 2: toda manipulación de mala fe y dolosa del DEUDOR al dispositivo móvil con el fin de “resetear” o vulnerar la aplicación provista por SOLVENTA en conjunto con el proveedor, lo hará acreedor de una multa del 100% del valor del capital del crédito. En ningún momento el DEUDOR podrá vender y/o permutar el dispositivo móvil hasta tanto no este cancelada la obligación en su totalidad.

PARÁGRAFO 3: el DEUDOR una vez cancele la obligación y no tenga más intención de realizar utilización del cupo de crédito rotativo garantizado, podrá solicitar a través de los canales habilitados en la página web www.solventa.co, deshabilitar y eliminar la aplicación del acuerdo de garantía.

PARÁGRAFO 4: El acuerdo de garantía únicamente aplicará para los DEUDORES en los que solventa de acuerdo con su calificación de perfil de riesgo lo considere necesario; para esos casos SOLVENTA comunicará previamente al DEUDOR quien dará por autorizada dicha garantía suministrando datos de registro y seriales que reposan en el dispositivo móvil.

10.1. FINALIDAD DEL ACUERDO DE GARANTÍA: SOLVENTA es una empresa que integra el ecosistema Fintech de Colombia, cuyo objeto principal es el otorgamiento de créditos de manera digital, es decir, mediante el uso de la tecnología para que los usuarios puedan acceder a este servicio a través de internet sin realizar trámites presenciales, de una manera rápida y simple, sin trámites, ni papeleos, manteniendo una operación transparente, por lo mismo, nuestro principal compromiso es ofrecer productos y servicios financieros de inclusión social orientados a ciudadanos no atendidos por el sistema bancario según su comportamiento e historial crediticio.

En ese entendido, con el fin de reducir el riesgo de impago de los deudores y, asimismo, poder garantizar el uso y acceso al cupo de crédito rotativo, SOLVENTA emplea tecnologías seguras como el acuerdo de garantía suscrito de manera libre y voluntaria entre las partes para garantizar el pago de las obligaciones.

11. DÉBITO AUTOMÁTICO: El DEUDOR a través de la firma de los documentos, aceptación de términos y condiciones y/o la constitución de la obligación otorga de manera inequívoca a SOLVENTA autorización para que, a la orden de ésta, se cursen los débitos en su cuenta bancaria y demás cuentas bancarias registradas en plataforma, con el fin de aplicarlos a los servicios otorgados. Estos débitos se aplicarán por el tiempo que se encuentre vigente la obligación, a partir del vencimiento estipulado, por sistema de débito automático, adhiriéndose al sistema de débito directo o indirecto normados, sobre los cuales, desde la aceptación de los presentes términos y condiciones, autorizando a SOLVENTA debitar de cualesquiera de las cuentas bajo su titularidad los montos y cargos relacionados con los compromisos asumidos. Cada una de las cuotas serán debitadas de manera consecutiva por el tiempo que SOLVENTA lo indique, por los montos correspondientes al pago de los compromisos asumidos, más los intereses causados en caso de mora, atraso o pago parcial que correspondieren, según indique SOLVENTA. La presente autorización es permanente e irrevocable, mientras subsista la obligación referenciada precedentemente. SOLVENTA se reserva el derecho de aplicar el débito automático en la fecha fijada como vencimiento y hacer exigible el pago de la obligación desde el primer día de mora, en el caso que no se evidencie el pago voluntario por parte del DEUDOR.

12. PAGO ANTICIPADO: El DEUDOR tendrá la opción de realizar el pago anticipado de su cupo de crédito rotativo de manera total o parcial en cualquier fecha y antes del día de vencimiento sin costo o sanción. Sí el DEUDOR realiza el pago total de la obligación antes de la fecha de vencimiento se hará la correspondiente liquidación de intereses al día del pago; los pagos parciales que realice EL DEUDOR serán abonados como aporte a capital.

13. MEDIOS DE PAGO: EL DEUDOR podrá realizar el pago de sus obligaciones a través de los medios de pago dispuestos y debidamente autorizados registrados por SOLVENTA COLOMBIA S.A.S., que se describen a continuación y a su vez, que se encuentran al alcance del público las 24 horas en la plataforma web www.solventa.co:

{{----}}

PARÁGRAFO: EL DEUDOR al realizar el pago a través de los medios de pago descritos anteriormente” deberá adjuntar el recibo de consignación al chat línea de WhatsApp 5715140334 verificada, reconocida y asignada mundialmente a SOLVENTA COLOMBIA S.A.S., otorgada por Meta Platforms., la cual se encuentra habilitada en la página web www.solventa.co. De igual forma, el DEUDOR podrá enviar el comprobante de pago de cualquiera de los otros métodos de pago oficiales. Así mismo, mediante la aceptación de estos términos y condiciones el Usuario es consciente y se compromete a pagar su obligación a los medios de pago descritos anteriormente, dado que de realizar un pago a otro medio NO autorizado, SOLVENTA queda eximida de toda responsabilidad que pueda derivar, puesto que la sociedad no utiliza intermediarios, manteniendo una operación transparente y directa mediante la solicitud directa por pate del titular de los datos personales a través del formulario web disponible en la plataforma tecnológica y los únicos medios de comunicación están publicados en la página web www.solventa.co.

14. MEDIOS DE CONTACTO: El Usuario podrá contactarse a través de los canales de atención debidamente autorizados por la sociedad SOLVENTA y que se encuentran publicados en la plataforma www.solventa.co, tales como:

15. GESTIÓN DE COBRANZA: SOLVENTA realizará al DEUDOR un cobro por concepto de cobranza en el caso en el que el titular del préstamo se encuentre en mora respecto de sus obligaciones de pago en virtud del contrato celebrado por medio de los presentes términos y condiciones. Los gastos de cobranza equivalen a los porcentajes enunciados en el presente documento, mismos que se calculan en relación con el total de la deuda y el incremento periódico de intereses de acuerdo con los meses de mora de la cartera. Los gastos de cobranza son cobros que se realizan al DEUDOR para el pago del personal de cobranza especializados, gastos de mensajerías (SMS), envío de mensajes de voz (IVR), llamados y mensajes de WhatsApp a los teléfonos celulares por parte de SOLVENTA, contratación de estudios de cobranzas, con la finalidad de obtener el pago del capital adeudado, los intereses, diversos gastos por cuenta y orden de terceros, seguros e IVA, que no han sido pagados por parte del DEUDOR en las fechas fijadas y aceptadas de forma previa por parte del DEUDOR. Los gastos de cobranza se realizarán de conformidad con la siguiente formula y porcentajes:


Gastos de cobranza
Formula: (“Saldo capital” X “Porcentaje según antigüedad de mora”) + IVA

{{--
DÍAS DE MORA Primarios Retanqueos
30 - 60 5% 0%
60 - 120 10% 5%
120 - 360 20% 20%
360 - 720 25% 25%
> 720 35% 35%
--}} {{--
PRIMARIOS
DÍAS DE MORA %
5 DÍAS A 15 DÍAS 5%
16 DÍAS A 30 DÍAS 10%
31 DÍAS A 45 DÍAS 15%
46 DÍAS A 120 DÍAS 30%
MAYOR A 360 DÍAS 35%
RETANQUEOS
DÍAS DE MORA %
5 DÍAS A 30 DÍAS 5%
31 DÍAS A 60 DÍAS 10%
61 DÍAS A 120 DÍAS 20%
121 DÍAS A 360 DÍAS 30%
MAYOR A 360 DÍAS 35%
--}}
DÍAS DE MORA PRIMARIOS
5 DÍAS A 15 DÍAS 5%
16 DÍAS A 30 DÍAS 10%
31 DÍAS A 45 DÍAS 15%
46 DÍAS A 120 DÍAS 30%
MAYOR A 360 DÍAS 35%



DÍAS DE MORA RETANQUEOS
5 DÍAS A 30 DÍAS 5%
31 DÍAS A 60 DÍAS 10%
61 DÍAS A 120 DÍAS 20%
121 DÍAS A 360 DÍAS 30%
MAYOR A 360 DÍAS 35%

PARÁGRAFO. COBRO DE LA OBLIGACIÓN Y GASTOS DE COBRANZA. El DEUDOR autoriza y acepta con el presente CONTRATO DE CRÉDITO ROTATIVO Y SERVICIOS ADICIONALES a SOLVENTA para efectuar la gestión de cobranza, así como la realización de todas las actividades que resulten necesarias para garantizar el cobro total de la deuda; a través de los siguientes canales de comunicación: (i) llamadas, (ii) mensajes de texto, (iii) mensajes, llamadas y videollamadas por WhatsApp, (iv) correo electrónico, y; (v) envío de mensajes de voz (IVR).

16. AUTORIZACIÓN DE DIFUSIÓN DE DATOS A TERCEROS, CONSULTA, ADMINISTRACIÓN Y REPORTE A CENTRALES DE RIESGO: En mi calidad de Titular de la información, ratifico la autorización brindada mediante la aceptación de los términos y condiciones al momento del registro en la plataforma www.solventa.co que actuando libre y voluntariamente, autorizo a SOLVENTA- y/o a Experian Colombia S.A. (en adelante DataCrédito Experian), Carrera 7 No. 76-35 Tel 3191400 de Bogotá D.C., o quien represente sus derechos, a acceder a mis datos personales contenidos en la base de datos de Mareigua Ltda. (Mareigua Ltda. con NIT 800.167.353-4), Aportes en Línea (Aportes En Línea S.A. 900147238-2), Colfondos y/o administradoras de pensiones, y demás Operadores de información de seguridad social autorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social, a mis datos personales recolectados por medio del presente formulario, y a mis datos personales contenidos en la base de datos de DataCrédito Experian (Operador de información crediticia), en adelante mi información personal, para darle tratamiento en los términos expresados en la Política de Tratamiento de la Información Personal de SOLVENTA y/o DataCrédito Experian y para finalidades de gestión de riesgo crediticio tales como: (i) elaboración y circulación a terceros de scores crediticios, herramientas de validación de ingresos, herramientas predictivas de ingresos, herramientas para evitar el fraude y en general, herramientas que le permitan a los Suscriptores de DataCrédito Experian, adelantar una adecuada gestión del riesgo crediticio. (ii) Compararla, contrastarla y complementarla con la información financiera, comercial, crediticia, de servicios y proveniente de terceros países de DataCrédito Experian. (iii) Compararla, contrastarla y complementarla con la información personal de midatacrédito.

El DEUDOR acepta y manifiesta que, al solicitar un préstamo autoriza de manera expresa, concreta, suficiente, voluntaria, informada, irrevocable e ilimitada a SOLVENTA o a través de terceros, o a quien represente sus derechos o a quien ostente en el futuro la calidad de acreedor, en virtud de las obligaciones derivadas de sus relaciones contractuales para: (i) consultar, (ii) reportar, (iii) enviar, (iv) procesar, (v) solicitar y (vi) divulgar a las Centrales de Información Financiera y crediticia, a los bureaus de créditos, y a cualquier entidad que maneje o administre bases de datos que tengan como fines de información financiera, crediticia, de control, validación de identidad, biometría, comerciales y de consolidación de información, todos los datos personales y económicos, incluyendo la información referente al comportamiento comercial y crediticio del Usuario, tales como el nacimiento, modificación o extinción de obligaciones contraídas con anterioridad o que se llegasen a contraer fruto de la relación contractual contraída. Asimismo, acepta y autoriza a SOLVENTA al envío de las fotos de las cédulas de identidad y foto “selfie” personal, grabación de video y audio del dispositivo celular a proveedores terceros de verificación de identidad y de firma digital y electrónica. De igual forma, autoriza a SOLVENTA al envío de mensajes de texto, WhatsApp, IVR (mensajes de voz) para las validaciones y para el cobro de las obligaciones inherentes al préstamo. Además, El usuario autoriza a SOLVENTA al contacto de sus referencias laborales y personales por estos medios de contacto. Todo lo anterior implica que, el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones del Usuario, pueden reflejarse en las mencionadas bases de datos, acorde a las disposiciones señaladas en el artículo 12 de la Ley 1266 de 2008. Por último, EL DEUDOR autoriza a SOLVENTA para los fines de ubicación en caso de no contactabilidad y/o cambio del teléfono celular declarado en la solicitud del préstamo, para contactar a los diferentes números de teléfonos aportados por los bureaus crediticios y/o fuentes de información.

17. DESISTIMIENTO: El DEUDOR, en ejercicio de su derecho al retracto podrá solicitar el desistimiento del préstamo requerido, hasta cuarenta y ocho (48) horas después del desembolso del préstamo, por lo que el DEUDOR deberá realizar la devolución de los recursos desembolsados asumiendo a su vez los cargos de adquisición del servicio, tales como administración, verificación antifraude y biometría.

18. PAGARÉ Y CARTA DE INSTRUCCIONES: El DEUDOR acepta y manifiesta que, al solicitar un préstamo por medio de la Plataforma www.solventa.co deberá garantizar el monto solicitado, intereses, costos, gastos por cuenta y orden de terceros, y seguro, como cualquier otro monto dinerario adeudado a SOLVENTA por medio de un pagaré, mismo que estará en blanco y deberá diligenciarse única y exclusivamente de conformidad con la carta de instrucciones del respectivo título valor. Pagaré y carta de instrucciones documentos anexos al presente CONTRATO DE CRÉDITO ROTATIVO Y SERVICIOS ADICIONALES.

19 NOVACIÓN: EL DEUDOR podrá efectuar un nuevo crédito de utilización de su cupo de crédito rotativo vía novación, a través del ingreso en la página web de SOLVENTA www.solventa.co, identificándose con su usuario y contraseña única creada y almacenada por él, donde al dar clic al botón de “renovar” acepta los términos y condiciones actuales (tasa de interés, monto a devolver, condiciones transparentes descritas en el plan de pagos) y, el clausulado del Contrato de crédito Rotativo Principal. EL DEUDOR recibirá un nuevo anexo con las nuevas condiciones a la dirección de correo electrónico inicialmente registrado en el Contrato de Crédito inicial, lo anterior, en los términos de los artículos 1700 y 1701 del Código Civil Colombiano.

20. CLÁUSULA COMPROMISORIA: Toda controversia o diferencia relativa a la relación que surja entre las Partes y el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas se resolverá por un Tribunal de Arbitramento gratuito para MIPYMES, presentando ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, la respectiva solicitud. El Tribunal de Arbitramento se regirá de acuerdo con las siguientes reglas: (i) El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro elegido de común acuerdo por las Partes, de la lista que para tal efecto lleve el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. En el evento que no haya acuerdo, las Partes delegan expresamente en el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial la designación del árbitro conforme a lo señalado en el reglamento interno; (ii) El Tribunal funcionará de conformidad con el reglamento de Arbitraje del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá; (iii) El Tribunal decidirá en derecho; (iv) El Secretario del Tribunal de Arbitramento será elegido de la lista oficial de secretarios que para tal efecto lleve el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá; (v) El Tribunal sesionará en las instalaciones de la Cámara de Comercio de Bogotá.

21. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: Las Partes acuerdan que, con motivo de la prestación de los Servicios, SOLVENTA tenga que recabar Datos Personales de particulares, asimismo, se acuerda que el Cliente será el “Responsable” de los Datos Personales que de los particulares se recaben y de su Tratamiento y SOLVENTA fungirá como “Encargado” de dichos Datos Personales con el objeto de poder darle Tratamiento a los mismos. Para efectos de lo establecido en el presente numeral, se entenderá por los términos “Datos Personales”, “Responsable”, “Encargado” y “Tratamiento” la definición que para dichos términos establece la Ley Estatutaria de Protección de Datos Personales (Ley 1581 de 2012) (en adelante “Ley de Datos Personales”) por lo que las Partes asumen las obligaciones que la Ley de Datos Personales les impone como “Responsable” y “Encargado”, según corresponda. Asimismo, cualquier Dato Personal que se recabe del DEUDOR o Usuario, sus socios, accionistas, personal o trabajadores, por parte de SOLVENTA será tratado de conformidad con el Aviso de Privacidad de SOLVENTA, el cual puede ser consultado en www.solventa.co.

PARÁGRAFO: EL DEUDOR, acepta y manifiesta que, al solicitar un préstamo autoriza de manera expresa, concreta, suficiente y voluntaria a SOLVENTA para efectos de notificación, diligenciamiento de espacios del presente contrato y demás disposiciones legales, a registrar la dirección de domicilio que el DEUDOR tenga registrada en las bases de datos de los bureaus de información en el momento de la consulta.

22. DISPOSICIONES FINALES: Al aceptar el presente CONTRATO DE CRÉDITO ROTATIVO Y SERVICIOS ADICIONALES, el DEUDOR declara de manera expresa, voluntaria e inequívoca que firma de manera electrónica los términos y condiciones aquí definidos, el pagaré, la carta de instrucciones y demás anexos. {{-- El presente contrato se firma en la ciudad de Bogotá, a los XX días del mes de XX del año XXXX. --}} El presente contrato se firma en la ciudad de Bogotá, a los {{ $dia_hoy }} días del mes de {{ $mes }} del año {{ $año }}.